Ahí sigue pese a que es un peligro en caso de incendio y evacuación del edificio, o un
ventarrón podría tumbarlo encima de los que hacen cola a la entrada. No cumple
con las normas sobre propaganda exterior, deja sin luz natural varios pisos de
su interior, y afea una imagen pública muy representativa: la Gobernación del
Valle. Como
dice el Presidente de la Sociedad de Mejoras Públicas
de Cali, Nicolás Ramos: “Es una ofensa al espacio público y contribuye con
méritos al mercado persa que se está formando en esta plaza”.
Además está en el área de influencia
de tres Bienes de Interés Cultural, BIC, de nivel nacional: la plaza de San
Francisco, la iglesia y la Torre Mudéjar; por lo que requería una autorización del
Concejo Nacional de Patrimonio Cultural, la que no tiene, previo un concepto
favorable del Consejo Departamental, al que nunca se consulto.
Como señala el arquitecto Jean Paul
Archer, vicepresidente de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, Valle, la
aparición de este tipo de elementos crea, por su escala, un ambiente invasivo
en estos espacios de interés cultural que así dejan de ser los elementos a
destacar y no una valla, y lo que está expresamente prohibido por la ley; “el
problema -dice Archer- es la puesta en valor del patrimonio local, en eso los
mandatarios son muy despistados cuando intervienen las áreas de influencia de
estos bienes […]”.
Según el Acuerdo N° 179 de 2006, del
Concejo de Cali, Articulo 9ª, se prohíbe la publicidad exterior en las
edificaciones públicas (y no solo la Gobernación lo es), con excepción de los
escenarios deportivos; el Artículo 10ª la prohíbe explícitamente en los
inmuebles de interés patrimonial y establece un área de influencia de
doscientos metros a partir de los límites del predio protegido; y el Articulo
8ª limita su dimensión a cuarenta y ocho metros cuadrados.
Es decir que la superficie del aviso
en la Gobernación es cuatro veces mas grande. Pero es un abuso no solo por su
desmesurado tamaño y su torpe ubicación en la fachada del edificio, cuya
composición ignora del todo, si no un tema de ética. Cómo lo conocen los
publicistas, la publicidad exterior se resume en un impacto visual, no admite
argumentaciones y ni siquiera una adecuada presentación del producto.
Para los que no han pasado por ahí o que si lo hicieron pero no se
percataron o no les importó el abuso que implica el aviso, pues la
mayoría de las personas no se fijan en los carteles y simplemente posan su
mirada sobre ellos, se repite a continuación: “EL
VALLE LE DICE SÍ A LA PAZ Dilian
Francisca Toro, Gobernadora”
Aparte de que el Artículo 21ª del
acuerdo mencionado dice que la publicidad exterior en los edificios públicos
sólo puede ser para comunicar actividades propias de los organismos del Estado
¿quién ha autorizado a la Gobernadora para decidir en nombre de todos los
vallecaucanos cómo votar respecto lo que se negocie en la Habana, que es lo que
ordena abusivamente el mensaje implícito en el aviso, además pagado por los
ciudadanos?
De acuerdo con la normatividad
jurídica existente, Articulo 19ª Parágrafo 2ª del Acuerdo Nº 179 de 2006, ya
mencionado, las Autoridades del Municipio deberían proceder a remover el aviso
pues esta colocado
en un lugar prohibido y sin el cumplimiento de los requisitos establecidos para
su instalación, dimensiones, distancias y demás; o al
menos lo deberían hacer los bomberos, comprometidos con “la gestión integral
del riesgo contra incendios” como dice en su pagina web.
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